Pregunta parlamentaria sobre los casos de leche infantil contaminada con la bacteria salmonela

Pregunta con solicitud de respuesta escrita E-000687/2018 a la Comisión.

Artículo 130 del Reglamento.

Clara Eugenia Aguilera García (S&D).

Asunto: Casos de leche infantil contaminada con la bacteria salmonela.

Recientemente ha salido a la luz un nuevo escándalo por comercialización de leche infantil contaminada procedente de la empresa francesa Lactalis. En 2005 se produjo el primer caso de contaminación en esta empresa debido, al parecer, a unas obras realizadas que liberaron la bacteria, la cual se diseminó por la planta de producción.

En 2017 apareció un nuevo caso de contaminación producido por la misma bacteria. No se descarta que la bacteria estuviera diseminada por la planta desde 2005 y que esta leche infantil contaminada haya sido consumida desde entonces, según declaraciones realizadas por la empresa Lactalis.

Entre 2005 y 2017 se realizaron unos 16 000 análisis en la planta de producción.

1. ¿Qué medidas específicas está tomando la Comisión para paliar este problema?

2. ¿Podría facilitar la Comisión información más concreta y detallada sobre la veracidad de los controles y análisis que se realizaron en dicha empresa desde 2005 a 2017?

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ESE-000687/2018Respuesta del Sr. Andriukaitisen nombre de la Comisión(3.5.2018).

1. La Comisión está siguiendo muy de cerca este caso, vigilando también a través del Sistema de Alerta Rápida para Alimentos y Piensos 1 que se tomen todas las medidas pertinentes en materia de gestión de riesgos a nivel de la UE.

La legislación de la UE en materia de higiene alimentaria ya ha establecido los requisitos que se han de cumplir. Los requisitos higiénicos generales aplicables a todos los operadores de empresas alimentarias están recogidos en el anexo II del Reglamento (CE) n.º 852/2004 2 . Además, el artículo 5 del Reglamento dispone que los operadores de las empresas alimentarias deberán crear, aplicar y mantener un procedimiento o procedimientos permanentes basados en los principios del análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC). En la sección IX del anexo III del Reglamento (CE) n.º 853/2004 3 están recogidos los requisitos específicos para los productos lácteos. Además, para garantizar que se realizan controles adecuados en materia de seguridad de los productos, en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 20173/2005 4 se ha establecido un criterio de seguridad alimentaria para los preparados deshidratados para lactantes que exige la ausencia de salmonela en 30 muestras del mismo lote. Tanto el operador de la empresa alimentaria como la autoridad competente han de verificar el cumplimiento de los criterios de seguridad alimentaria y otros criterios microbiológicos.

2. La Comisión no dispone de los resultados de los controles y análisis realizados a los operadores de empresas alimentarias. Los resultados de esos controles y análisis realizados entre 2005 y 2017 por la empresa Lactalis han sido compilados por la autoridad competente francesa. Solamente algunos de ellos han sido comunicados a la Comisión en el marco de las notificaciones del RASFF.