Pregunta parlamentaria sobre prácticas no remuneradas en el Consejo

Pregunta con solicitud de respuesta escrita E-013539/2015 al Consejo

Artículo 130 del Reglamento

Clara Eugenia Aguilera García (S&D)

Asunto: Prácticas no remuneradas

 

Las prácticas profesionales en organismos internacionales proporcionan un importante y extraordinario bagaje para todos aquellos jóvenes que buscan una oportunidad de desarrollar y expresar su potencial a escala internacional, y, en consecuencia, resulta indiscutible que las diferentes instituciones europeas deben permitir y facilitar la existencia de las mismas.

No obstante, no podemos dejar que pase desapercibido el hecho de que, en ocasiones, las prácticas profesionales ocultan la realización de un trabajo no remunerado, contribuyendo de esta manera a perpetuar la situación pobreza y de dependencia económica de este grupo de población que ya está, en la actualidad, suficientemente azotado por el desempleo.

Además, la existencia de prácticas no remuneradas, hace que estas de facto solo estén al alcance de aquellos jóvenes que provienen de ámbitos con suficientes recursos económicos, dejando al margen a jóvenes preparados y motivados que pertenecen a familias con bajo nivel de ingresos, y abriendo así la puerta a la generación de nuevas élites y a la creación de nuevas desigualdades sociales.

En base a lo argumentado, pregunto al Consejo:

– ¿Cuántas personas se encuentran en la actualidad realizando prácticas no remuneradas en el Consejo y en los organismos de ellas dependientes?

– ¿Cuántas realizan prácticas remuneradas?

 

Respuesta (14/12/2015)

En el actual período de práctica (septiembre de 2015 – enero de 2016) hay ocho becarios en prácticas no remuneradas y 50 becarios remunerados en la Secretaría General del Consejo.

Los períodos en prácticas no remuneradas se ofrecen a candidatos que deben superar un período de prácticas como parte de sus estudios. También se ofrecen, previa petición, a funcionarios de ministerios de los Estados miembros, que siguen recibiendo el salario correspondiente de su administración nacional durante el período de prácticas en la Secretaría General.